El juez desestima una demanda de CEDRO contra Google por las noticias publicadas a través de su agregador Discover

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La entidad reclamaba el pago de 1,1 millones de euros en concepto de compensación equitativa por la publicación de noticias de medios de comunicación por el periodo comprendido entre el 1 de marzo de 2019 y el 30 de abril de 2020
El juez desestima una demanda de CEDRO contra Google por las noticias publicadas a través de su agregador Discover

El magistrado titular del Juzgado de lo Mercantil número 16 de Madrid ha desestimado íntegramente la demanda formulada por CEDRO contra Google Irlanda por una posible conculcación de los derechos de propiedad intelectual por los contenidos publicados en el servicio de agregación Google Discover entre los años 2016 y 2020.

La entidad reclamaba el pago de 1,1 millones de euros en concepto de compensación equitativa por la publicación de noticias de medios de comunicación por el periodo comprendido entre el 1 de marzo de 2019 y el 30 de abril de 2020.

Tal y como señala la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, el juez considera que la tarifa aplicada por CEDRO "no es clara ni transparente". "Se han silenciado y resultan inciertos múltiples parámetros y se incorporan aspectos absolutamente ajenos a la explotación de las obras por el 'agregador' y por el 'medio'", recoge el texto.

Además, critica que se hagan "meras hipótesis no contrastadas ni demostrables" desde Cedro. "Desconociendo qué noticias fueron agregadas por Google Discover y qué tráfico exactamente se dio hacia medios para los que se no se dispone de datos, supone abandonarse a una conjetura establecer que habrá debido darse a través de este servicio un porcentaje equivalente de 'clics' al registrado en otros agregadores", señala.

Para el juez, "no existe el menor dato objetivo (ni prueba pericial)" que avale que en los períodos considerados, los 'clics' reflejados en las facturas fueron los que realmente hicieron los usuarios de Discover en territorio español y sin duplicidad alguna en los navegadores de sus dispositivos móviles en que se pudiera mostrar esa funcionalidad.

Esta resolución, en la cual se imponen las costas del procedimiento a la parte demandante, aún no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Sección 28 de la Audiencia Provincial de Madrid, la Sala competente en asuntos de naturaleza mercantil de la audiencia madrileña.