¿Me cobran por cancelar una reserva de un viaje? ¿Puedo rebajar mi factura de luz? Estas son las preguntas más habituales sobre consumo en 2021

La Asociación de Consumidores de Navarra Irache ha editado un decálogo en el que da respuesta a las diez preguntas que con más frecuencia han formulado los ciudadanos en el último año

¿Me cobran por cancelar una reserva de un viaje? ¿Puedo rebajar mi factura de luz? Estas son las preguntas más habituales sobre consumo en 2021

La Asociación de Consumidores de Navarra Irache ha editado un decálogo en el que da respuesta a las diez preguntas que con más frecuencia han formulado los ciudadanos en el último año: 

1 -  Si me cambio de compañía telefónica, ¿me puede cobrar la anterior una penalización?

Efectivamente, hay cargos de cientos de euros cuando un consumidor abandona una operadora. Para que la penalización sea legal, deben cumplirse varios requisitos: 1º - El compromiso de permanencia debe haber sido aceptado expresamente por el consumidor. Por tanto, se le ha debido informar previamente de la existencia del compromiso de permanencia y de la penalización por incumplimiento. 2º - Debe responder a un apoyo económico o a una ventaja económica para el usuario, como la subvención de un terminal o la instalación gratuita de un servicio en el domicilio del consumidor. 3º - Debe ser proporcional a los días que quedan por cumplir del contrato.

2 - ¿Cómo puedo rebajar mi factura de luz?

Ha sido un año en el que se han batido continuamente marcas en el precio mayorista de la luz, lo que ha supuesto una subida del recibo sin precedentes para muchos consumidores. En primer lugar, hay que ver si estoy con la tarifa regulada o con una en el libre mercado y revisar qué condiciones tengo. A partir de ahí, se trata de mirar ofertas y prestar especial atención al precio de la energía, al de la potencia, a posibles servicios vinculados y a penalizaciones, bien por exceso de consumo, bien por cambiar de compañía. Adecuar los horarios de consumo puede ayudar a ahorrar algo, pero con las últimas medidas esta diferencia de coste es menor.

3 - ¿Puedo reclamar dinero por el coche que compré entre 2006 y 2013?

Primero hay que ver si el vehículo pertenece a las marcas o concesionarios que participaron en el cártel de coches. A partir de ahí, habrá que hacer una reclamación y, si no hay respuesta o es negativa, valorar la demanda judicial. En ella se pedirá el encarecimiento de precio que sufrió el coche, -que puede rondar el 10% pero dependerá de cada caso- como consecuencia de las prácticas anticompetitivas.  Para reclamar hace falta la ficha técnica del coche, el permiso de circulación y comprobantes de la fecha y precio de la compra, como contrato, financiación o justificante bancario.

4 -  ¿Puedo cambiar de seguro en cualquier momento?

Generalmente los seguros se renuevan anualmente. Si quiero cambiar de póliza y no arriesgarme a tener que pagar dos seguros, debo asegurarme de la duración y fijarme cuál es la fecha de vencimiento en la póliza actual para comunicar con un mes de antelación que no deseo continuar el año siguiente. Es fundamental hacerlo por escrito y de forma fehaciente, para que la compañía no pueda negar luego la solicitud de baja. A partir de ahí, puedo empezar a negociar con otra aseguradora una póliza que entre en vigor a partir de que se haga efectiva la baja de la anterior.

5 - ¿Me pueden  cobrar el servicio de mantenimiento si me he dado de baja en el suministro de luz o gas?

Muchos consumidores llaman indignados porque su anterior compañía de luz o gas le ha cobrado 50 ó 100 euros por un servicio de mantenimiento o protección de pagos cuando ya se había dado de baja de la compañía. En principio, la normativa señala que estos servicios deben ser rescindidos “junto con el suministro de electricidad”, salvo que el consumidor indique “expresamente” lo contrario. Por tanto, podríamos reclamar la devolución de estos importes. Eso sí, para evitar estos problemas, conviene especificar que solicitamos la baja para el suministro y cada servicio adicional que tengamos contratado. 

6 – Si compro un coche de segunda mano y está defectuoso, ¿tengo garantía para reclamar?

Si el consumidor ha adquirido el vehículo de segunda mano en un establecimiento, el plazo de garantía es de dos años -tres años a partir de 2022-. Sin embargo, el vendedor y el consumidor pueden pactar un plazo más breve de garantía, que no podrá ser inferior a un año, que es el más habitual en estos contratos. Durante los primeros seis meses de garantía, se presume que los defectos ya se encontraban en el momento de la venta. A partir de 2022 esta presunción estará entre dos años y un año, en función de la garantía pactada. Este plazo es muy importante porque a partir de él es el consumidor quien debe demostrar que el defecto proviene del momento de la compra. 

Si se ha comprado a un particular, y no a una empresa, hay que acudir al concepto de vicios ocultos, es decir, si existe en el vehículo algún defecto grave que no estaba a la vista ni era posible conocerlo por el comprador en el momento de la transacción. Si la compra ha sido en Navarra, existe un plazo de un año para reclamar.

7 – ¿Puedo devolver un producto comprado en un comercio siempre que quiera?

En principio, no. El consumidor sólo tendrá derecho a devolver un producto comprado en un comercio en dos casos:

Que el producto no sea conforme al contrato, es decir, que sea diferente a lo que le había ofrecido el vendedor o esté defectuoso. El consumidor tiene derecho a la reparación o sustitución del producto, a la rebaja del precio o a la devolución del dinero, según el caso.

Que el comercio ofrezca la posibilidad de devolución, bien mediante vales que entregan al cliente, bien mediante cualquier información o publicidad disponible para el público. En estos casos el consumidor deberá atenerse a las condiciones que se indiquen en la documentación facilitada.

8 – He comprado algo en una página de internet. Aún no ha llegado a casa y ahora me arrepiento. ¿Puedo hacer algo?

Sí, en las compras por internet realizadas en la Unión Europea el consumidor tiene catorce días naturales desde que recibe el producto en su casa para desistir del contrato sin necesidad de esgrimir ningún motivo. Debe dirigirse de forma fehaciente a la empresa y comunicar que quiere desistir del contrato. El consumidor sólo tendrá que soportar los gastos derivados de la devolución del producto. Es conveniente ver dónde tiene el domicilio social la empresa vendedora porque, si está situada en el extranjero, las dificultades de devolución pueden ser mayores. La ley contempla algunas excepciones al derecho de desistimiento.

9 -  El banco mes ha subido muchos las comisiones, ¿puede hacerlo?

Algunas entidades han subido en el último año sus comisiones, especialmente a clientes menos vinculados. En principio, tienen libertad para establecer sus comisiones bancarias, siempre que respondan a servicios efectivamente prestados. Eso sí, si se las cambian deben informarle con dos meses de antelación. Si usted no responde, se da por aceptado. Otras opciones que tiene es mejorar la vinculación, negociar las condiciones con el banco o abandonarlo y buscar otra entidad.

 10 - ¿Me pueden cobrar si renuncio a un viaje que había reservado?

Si he contratado de forma conjunta el transporte y el alojamiento u otro servicio turístico se considera un viaje combinado. En estos casos, si cancelo el viaje me podrán cobrar una penalización “adecuada y justificable”. Si se contrata un vuelo o la reserva en un hotel de forma independiente, habrá que observar las condiciones de cancelación de la reserva. En ambos casos, cuando el motivo de la cancelación es una causa de fuerza mayor, es decir, una circunstancia que no se ha podido evitar ni prever, como una enfermedad o ingreso hospitalario u otras circunstancias, el consumidor no tiene que pagar ninguna penalización por no acudir al viaje.