La Administración foral deberá indemnizar a tres trabajadoras públicas por despido improcedente, según LAB

De izquierda a derecha: Ainara Elarre, representante de LAB en el administración núcleo; Juantxo Barkos, asesor jurídico de LAB; y Alberto Mendilazo, representante de LAB en Osasunbidea. - SINDICATO LAB.

Una de las afectadas había concatenado 153 contratos desde 1990

La Administración foral deberá indemnizar a tres trabajadoras públicas por despido improcedente, según LAB

El sindicato LAB ha dado a conocer tres sentencias por las que la Administración foral tendrá que abonar 35.000, 115.000 y 50.000 euros a tres trabajadoras por despido improcedente. Esas son las indemnizaciones que han marcado tres sentencias recientes de los juzgados de lo social y que la Administración foral deberá pagar a tres trabajadoras temporales públicas.

Representantes del sindicato LAB han ofrecido este lunes una rueda de prensa en Pamplona para informar de estas sentencias, que recogen la última doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la materia.

Tal y como ha explicado el abogado Juantxo Barkos, asesor de LAB, los tribunales han sentenciado que la Administración ha incurrido en un fraude de ley en estos tres casos porque ha estado utilizando contratos administrativos que no cumplían los requisitos establecidos.

Por ejemplo, en lo que a los plazos se refiere, el Tribunal Supremo, aplicando el criterio del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ha establecido un plazo de tres años para considerar que se da una situación de utilización del contrato temporal injustificadamente larga; es decir, que no hay razón alguna para que la Administración no incluya esa vacante en la siguiente oferta pública de empleo y que tres años ya es suficiente para considerar que esa necesidad es habitual y que no es excepcional.

"La consecuencia es que o se les readmite en su puesto de trabajo en las mismas condiciones, abonando los salarios que hayan dejado de percibir desde que se les cesó o se les abona la indemnización que les corresponda en función de su salario regulado y el tiempo que lleven trabajando", ha añadido.

TRES SENTENCIAS POR DESPIDO IMPROCEDENTE

La primera de las sentencias, dictada por el juzgado de lo social número 3 es del 9 de julio de 2021. Es la primera en la que LAB tiene constancia de que se haya dictado aplicando ya la doctrina del Tribunal Supremo.

En este caso lo que se considera fraudulento es la permanencia en una plaza vacante desde 2008 de una mujer que estaba trabajando como auxiliar administrativa en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. La sentencia es firme y ha establecido una indemnización de 35.800 euros. Osasunbidea ya ha pagado.

El segundo de los casos es una médica del servicio de urgencias que ha concatenado 153 contratos desde 1990 y que desde el año 2000 estaba contratada mediante el contrato especial de Osasunbidea -que se dice "por otras necesidades de personal"-; es decir, un contrato específico para cuando no hay un personal adecuado fijo para un puesto de trabajo concreto.

Además, desde 2016, esa plaza se había convertido en una vacante, pero seguía trabajando ahí sin que hubieran sacado dicha plaza a una convocatoria pública de cobertura. La sentencia ha dictado una indemnización de 115.000 euros y la administración ha anunciado que recurrirá.

Y la tercera de las sentencias, del 28 de septiembre, es de una trabajadora que estaba ocupando el puesto de trabajo de limpieza en centros educativos desde 1997. Y desde 1999 estaba ocupando la misma plaza vacante.

Llevaba más de 20 años en la misma plaza, sin que se hubiese incluido en una oferta pública de empleo y sin que se hubiese cubierto. La sentencia ha dictado una indemnización de 50.000 euros y la administración también ha anunciado que recurrirá.

MÁS DE 50 EXPEDIENTES SIMILARES

En estos momentos, LAB está tramitando más de 50 expedientes de trabajadores temporales públicos que de ser resueltos como estos tres "supondrían millones de euros en indemnizaciones". "Hay muchos trabajadores y trabajadoras en situaciones similares a estas tres", ha señalado Ainara Elarre en nombre del sindicato LAB.

En opinión de Elarre, se ha llegado a esta situación por "dejación, inacción y mala gestión" de las administraciones públicas que "no han hecho una apuesta firme por los servicios públicos".

"Están abusando de la utilización del contrato temporal, llevan años reduciéndoles los derechos a los trabajadores temporales públicos, y hasta que no lo dictaminan los tribunales, no les pagan el grado, la antigüedad, la ayuda familiar y/o las indemnizaciones correspondientes por despido".

Elarre considera que el real decreto aprobado en junio, y que se va a negociar como proposición de ley, "no da solución a la estabilización de las plantillas, sino que es un parche para dar salida a las exigencias de los tribunales".

"Es un sinsentido que los gestores de lo público permitan que más de la mitad de la plantilla sea temporal. En LAB calculamos que haría falta llevar a OPE unas 10.000 plazas de la Administración foral, con el objetivo de que la temporalidad sea excepcional -como mucho de un 8%-. Exigimos a las Administraciones públicas que estabilicen de una vez las plantillas y que aseguren unas condiciones dignas de trabajo", ha remarcado.

Tal y como ha explicado Juantxo Barkos, asesor jurídico de LAB, estas tres sentencias han salido recientemente dictadas por los juzgados de lo social de Pamplona, en relación al fraude de ley en la ejecución de contratos temporales en la administración de la Comunidad foral de Navarra.

Las sentencias recogen la última doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que contempló la sentencia de 3 de junio de 2021 y que fue recogida posteriormente por el Tribunal Supremo en sentencia de 28 de junio.

En esta doctrina se recoge cuál debe ser la consecuencia de mantener en plazas vacantes en la administración pública a personas durante un tiempo injustificadamente largo. "En los tres casos son mujeres que llevan en la Administración muchísimos años", ha añadido Barkos.

"Y es llamativo también el hecho de que nos encontramos tanto en puestos de trabajo más alto de la administración -el nivel A, como es el caso de médicos-, como el puesto más bajo -el antiguo E de las limpiadoras de centros educativos-", ha añadido.