Condenan al Gobierno de Navarra a abonar el seguro de vida a una contratada administrativa

Foto: Una imagen del palacio de Justicia en Pamplona
Foto: Una imagen del palacio de Justicia en Pamplona

Tanto el Gobierno de Navarra como la compañía de seguros desestimaron la solicitud por considerar que habían pasado más de cinco años desde que se le reconociese la incapacidad, y por tanto, el derecho al cobro de la indemnización estaba prescrito

Condenan al Gobierno de Navarra a abonar el seguro de vida a una contratada administrativa

El Gobierno de Navarra ha sido condenado a abonar el seguro colectivo de vida a una trabajadora con contrato administrativo a la que se le reconoció una incapacidad permanente total en el año 2011 mientras estaba trabajando. La trabajadora solicitó en marzo de 2017 que se le abonara el seguro de vida suscrito por el Gobierno para estos supuestos y cuya cuantía ascendía a 27.770,40 euros.

Tanto el Gobierno de Navarra como la compañía de seguros desestimaron la solicitud por considerar que habían pasado más de cinco años desde que se le reconociese la incapacidad, y por tanto, el derecho al cobro de la indemnización estaba prescrito.

La trabajadora acudió a la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO y por medio de los servicios jurídicos del sindicato se interpuso una demanda para reclamar el derecho de la empleada pública al abono de esta cantidad, ya que desconocía en su momento la existencia de esta póliza.

Según ha informado el sindicato, en el desarrollo del juicio celebrado ante el Juzgado de lo Social número 2, el Gobierno de Navarra alegó que toda la información sobre los seguros estaba colgada en la intranet de los empleados y por lo tanto durante cinco años la trabajadora pudo solicitar el abono del seguro.

Sin embargo, CCOO ha apuntado que la trabajadora pudo acreditar que en su centro de trabajo no tenía un ordenador propio asignado a su puesto, ni tenía habilitado un acceso a intranet.

Además, también se probó que ni el Gobierno de Navarra ni la aseguradora informaron a la trabajadora de la existencia del seguro, según ha señalado CCOO.

La sentencia estima la demanda porque considera que el plazo de prescripción de cinco años debe empezar a computarse desde que la trabajadora tuvo conocimiento de la posibilidad del ejercicio de la acción, es decir, desde que conoció que había un seguro que cubría este supuesto.

Desde la Federación de Servicios para la Ciudadanía de CCOO de Navarra han explicado que "gran parte de las personas trabajadoras en el ámbito de la Administración del Gobierno de Navarra siguen sin conocer la existencia y condiciones de estos seguros a los que tienen derecho". "Por ello, exigimos que se dispongan los medios necesarios para que esta información sea facilitada de forma expresa a todos los empleados y empleadas públicos, temporales o fijos, que presten servicio en la Administración foral", han señalado.