Pamplona no contempla obligar a los propietarios de perros a llevar una botella de agua para minimizar el impacto de los orines en las fachadas

Foto: Un cartel avisando a los propietarios para que sus perros no orinen en las fachadas
Foto: Un cartel avisando a los propietarios para que sus perros no orinen en las fachadas
Sí que en el proyecto de ordenanza, que sigue paralizada desde agosto de 2020 cuando se elaboró un anteproyecto, se recoge la prohibición de usar azufre y se multa con una sanción leve por no limpiar las deyecciones. Actualmente con la ordenanza en vigor, también se puede sancionar por estos motivos en Pamplona
Pamplona no contempla obligar a los propietarios de perros a llevar una botella de agua para minimizar el impacto de los orines en las fachadas

La suciedad y los daños en muchas fachadas y esquinas debido a la reiteración de orines de perros es algo común en todo el país, también en Pamplona donde en algunos lugares como en la Rotxapea se han podido ver carteles de comunidades de vecinos que piden a los propietarios de canes que no dejen que sus perros hagan sus necesidades en la fachada

Normalmente esta debiera ser una cuestión puramente de educación, ya que a nadie le gusta tener la fachada de su inmueble deteriorada por estos menesteres perrunos. Sin embargo, ante la cruda realidad, decenas de ciudades de todo el país como publica la web especializada SrPerro.com ya recogen en sus correspondientes ordenanzas la obligatoriedad de que los propietarios limpien las meadas, mediante un truco que no es otro que llevar encima una botella de agua, a veces con jabón o incluso con vinagre para evitar más daños a las fachadas. En otros casos como en Barcelona, se trata de una mera recomendación aunque se recuerda que las sanciones por no limpiar los orines pueden conllevar una multa de 300 euros. La más cercana ciudad de Zaragoza llevó a cabo una campaña hace un par de años para concienciar en este sentido. 

¿Y qué pasa en Pamplona?  Actualmente en el articulo 18 de la ordenanza en vigor, que es de 1994, se establece que "los propietarios o poseedores de animales están obligados a no permitir y en su defecto limpiar cualquier deyección o ensuiciamiento producido por éstos en las zonas y elementos comunes de los inmuebles". 

Pamplona no contempla en su proyecto de ordenanza obligar a los propietarios de perros a llevar una botella de agua para minimizar el impacto de los orines en las fachadas. Se trata de un borrador de ordenanza que fue abierto a la participación y recogida de sugerencias en agosto de 2020, pero que de momento sigue paralizada a la espera de la aprobación de un reglamento que debe desarrollar la ley foral al respecto. 

Foto. Una esquina, dañada por orines de perros
Foto. Una esquina, dañada por orines de perros

Sí que en el proyecto de ordenanza municipal de Pamplona se recoge la prohibición de usar azufre, un 'truco' que al parecer no funciona para evitar estas meadas de los perros, y que además es peligroso para el medio ambiente, y puede ser tóxico. 

El proyecto sí que habla de la obligatoriedad también de que los propietarios limpien las deyecciones y contempla una multa que califica de leve, con cantidades que van desde los 300 a los 1.000 euros en función de la gravedad de lo ocurrido. Se dice en concreto, que son infracciones leves "la no adopción por los propietarios, poseedores o responsables de los animales de compañía, de las medidas oportunas para evitar que el animal ensucie con sus deyecciones los espacios públicos o privados de uso común, o la no recogida inmediata de estas deyecciones". 

En concreto en su artículo 7.5 dice expresamente este proyecto de ordenanza que "la persona que conduzca el animal queda obligada a la recogida inmediata de las defecaciones del mismo en las vías y espacios públicos, procurando que no orine ni defeque en aceras y otros espacios transitados por personas". Y prosigue al decir que "no obstante, si las deyecciones se depositasen en la vía pública, la persona que conduzca el animal es responsable de la eliminación de las mismas mediante el depósito de bolsas impermeables y cerradas en las papeleras u otros elementos de contención indicados por los servicios municipales". Claro, nada se dice de limpiar la fachada por los orines. 

Además en el proyecto se recuerda que "el poseedor de una animal es responsable de los daños, perjuicios, y molestias que causen a las personas, a los objetos, a las vías públicas y al medio natural en general de acuerdo con el artículo 1.905 del Código Civil". 

¿Y tú qué opinas? ¿Debiera de obligarse a llevar una botella con agua o jabón o mejor incidir en las recomendaciones de educación?

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