El TAN anula la exigencia de euskera para el acceso a 9 puestos de la plantilla orgánica en Orkoien

También anula que el euskera se valore como mérito en todos  los puestos para los que su conocimiento no es preceptivo 

El TAN anula la exigencia de euskera para el acceso a 9 puestos de la plantilla orgánica en Orkoien

El Tribunal Administrativo de Navarra (TAN) ha anulado la exigencia del  conocimiento del euskera como requisito preceptivo para el acceso y provisión de  un total de 9 puestos de trabajo del Ayuntamiento de Orkoien. 

La resolución se produce después de que la aprobación, mediante acuerdo de  pleno, de la plantilla orgánica para el año 2022 fuera recurrida por el grupo  municipal de NA+. 

En concreto, el tribunal ha anulado esta exigencia determinada en la plantilla  orgánica para los puestos de interventor; coordinador cultural; encargado de  jardines; oficial administrativo en el área de urbanismo, en el de gestión  tributaria y en el de personal; servicios múltiples; peón de jardinería; tareas  auxiliares del Centro Cívico; y técnico de Igualdad. 

“Debemos concluir que en ninguno de ellos se trata específicamente de puestos  de trabajo de atención directa al público que requiera la exigencia cualificada  del euskera en una localidad de la zona mixta”, señala el TAN. 

Además, también se ha anulado la valoración del euskera como mérito en todos  los puestos de trabajo para los que no se exige su conocimiento como preceptivo.

Así, según el TAN, “tal previsión de puntuar como mérito toda plaza para la que  no se haya exigido la preceptividad del euskera debe reputarse discriminatoria  y desproporcionada, vulnerando el artículo 14 y 23 de la Constitución Española  e infringiendo el régimen jurídico de la zona mixta de la Ley Foral 18/1986, de  15 de diciembre, del Euskera”.