Tirón de orejas al Ayuntamiento de Noáin por obstaculizar el empadronamiento de dos menores de origen extranjero

La madre afectada aseguraba tener graves perjuicios porque no podía cambiar el colegio de sus hijos a Noáin, donde reside desde enero
Tirón de orejas al Ayuntamiento de Noáin por obstaculizar el empadronamiento de dos menores de origen extranjero

El Defensor del Pueblo de Navarra ha sugerido al Ayuntamiento de Noáin que empadrone en esta localidad a dos menores de 14 años, de origen hondureño tras una queja de la madre por lo obstáculos y perjuicios que está situación les está generando, ya que ya que los propietarios del piso en que residían en Burlada le están instando a cambiar el padrón y, además, no puede cambiar el colegio de sus hijos a Noáin hasta que no se produzca dicho cambio.

Actualmente esta mujer se encontraba empadronada en Burlada/Burlata, al igual que sus dos hijos menores de edad y tras mudarse a Noáin, el pasado enero solicitó el alta en el padrón municipal y le informaron de que, para poder inscribir a sus hijos, debía aportar una autorización firmada por el padre de los mismos. Tras presentar una copia de la autorización firmada por el padre de sus hijos, se le señaló que debía presentar el documento original, lo cual resulta complicado, pues reside en el extranjero. Asimismo, se le indicó que para poder inscribir a sus hijos necesitaba aportar un original de sus certificados de nacimiento. La mujer recuerda que al empadronarse en Burlada/ no se le exigió la presentación de esos documentos, cuya obtención le supondría un desembolso significativo de dinero.

El Defensor del Pueblo de Navarra considera que atendiendo a las circunstancias extraordinarias concurrentes en el caso, en interés de los menores, que debe prevalecer sobre cualquier otro interés que pueda concurrir y con base a las copias de las certificaciones en poder de la interesada, al igual que hizo el Ayuntamiento de Burlada en su día, proceda a la inscripción de los menores en el padrón municipal de Noáin, pues, en último término, es en esta localidad donde actualmente residen los menores de manera efectiva. 

La institución que dirige Patxi Vera insinúa un cierto exceso de celo administrativo ya que recuerda que "a fin de proceder a la inscripción en el padrón, si no se estima suficiente la copia de la autorización presentada por la interesada, en lugar de exigirse su versión original, la interesada podría hacer una declaración responsable conforme al anexo I de la Resolución de 17 de febrero de 2020 de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local" y añade sobre los certificados de nacimiento que "de cara a la inscripción del padrón no existe una obligación de las Entidades locales a exigir la legalización y apostilla de los documentos extranjeros, sino simplemente una facultad de hacerlo".