El Defensor del Pueblo sugiere al Ayuntamiento de Pamplona que "agilice al máximo" la ejecución subsidiaria de la reforma del inmueble de Paulino Caballero dañado por un incendio

Incendio en Paulino Caballero
Incendio en Paulino Caballero
Ha pasado un año desde que se produjo el incendio intencionado en una vivienda, resultando dañada la estructura y afectando también a los comercios que desarrollan su actividad en las bajeras
El Defensor del Pueblo sugiere al Ayuntamiento de Pamplona que "agilice al máximo" la ejecución subsidiaria de la reforma del inmueble de Paulino Caballero dañado por un incendio

El Ayuntamiento de Pamplona ni ha contestado a una de las propietarias de un local comercial que se ubica en Paulino Caballero número 24 en la que se quejaba porque desde hace ahora un año no puede ejercer su actividad debido al incendio del edificio ocurrido en la madrugada del 20 de noviembre de 2022. Esta ciudadana ha acudido al Defensor del Pueblo quien ha recordado al consistorio su deber legal "de atender en tiempo y forma los escritos de la ciudadanía".

Por otro lado, la Institución que dirige Patxi Vera recomienda al Ayuntamiento de Pamplona  que responda "expresa y motivadamente al escrito presentado por la interesada" y le sugiere que "agilice al máximo las actuaciones de ejecución subsidiaria precisas, tendentes a la realización de obras por causa del incendio que afectó al edificio al que se alude en la queja".

Los tres comercios afectados por el incendio fueron  Joyería Kela, Liquen y Lencería Chargui.

Los problemas en la propiedad, motivo del retraso de las obras de aseguramiento estructural 

El Ayuntamiento, en su escrito de alegaciones, recordaba que al día siguiente del siniestro se realizó una visita de inspección por los Servicios Técnicos Municipales donde se ordenó el desalojo y clausura del edificio, en tanto y cuanto no se acometiesen obras de intervención de aseguramiento estructural, desescombro y limpieza general y cubrición y cerramiento en fachadas.

Uno de los motivos de que no se realicen las obras es que la propiedad de edificio era de una persona ya fallecida, y con una serie de herederos que no han aceptado la herencia, por lo que se estaría ante una herencia yacente, por lo que el consistorio, y dado que por parte de la propiedad no se han ejecutado las obras contenidas en la resolución antes mencionada, se están elaborando los informes precisos para iniciar un expediente de ejecución subsidiaria”.

Al respecto, el Defensor del Pueblo recuerda que dado que ha pasado ya  un año desde que se produjo el incendio y quedaron afectados el edificio y la actividad del local de la autora de la queja, ve "pertinente sugerir que se agilicen al máximo las actuaciones precisas para la ejecución de las obras correspondientes, procurando de este modo que el perjuicio se extienda lo mínimo posible". "Los principios de celeridad y eficacia que rigen la actividad y la resolución de los expedientes administrativos aconsejan, en circunstancias como las del caso, una actuación ágil en la solución de la problemática generada", ha finalizado.