Qué tener en cuenta para un cambio de moneda

Se acerca el verano y quizá estés pensando viajar a algún país que no esté en la zona euro. Para eso, tienes que hacer el cambio de divisa correspondiente y comprar así la moneda del país destino. Las prisas no son buenas compañeras, así que es mejor que sepas bien de qué va el cambio.
Si tu fecha de salida está próxima y pospones el cambio de moneda por falta de efectivo, hay opciones de financiación rápida para que no dejes esta operación tan importante para el final. De ello dependerá que pagues menos comisiones ante las que ya no podrás reaccionar si no tienes margen de maniobra.
Puntos principales para cambiar divisa
El primer paso que dar ante un cambio de divisa es averiguar cuál es el tipo que nos van a colocar en la operación, es decir, cuál es el valor de la moneda extranjera. Saberlo es de vital importancia, pero no lo único para tener en cuenta.
Por lo general, las entidades cobran comisiones por el cambio de divisa. Hay que tener cuidado con esos cambios, según informan desde el portal del cliente bancario, que a simple vista parecen muy atractivos, pero pueden clavarte con comisiones más altas de lo habitual. Si estas superan el 20% del valor cambiado, ya son muy altas.
Dónde se cambia de moneda
Para cambiar euros por otra moneda extranjera o al revés, se acude a un establecimiento de cambio o a una entidad de crédito. Ambas actúan bajo supervisión del Banco de España y deben pues cumplir con la normativa para proteger, lo primero de todo, a los consumidores.
Estas son las 2 únicas opciones disponibles para cambiar moneda, ya que el Banco de España, en contra de lo que mucha gente piensa, no hace operaciones de este tipo entre particulares. En los bancos, además de comprar y vender divisas, pueden realizar operaciones con cheques de viajero.
Como establecimientos de compraventa de moneda, se consideran a todas esas entidades, da igual que sean personas jurídicas o físicas, que se encarguen de modo profesional de cambiar divisas. Su actividad está regulada con Real Decreto 2660/1998 y tienen requisitos distintos dependiendo de:
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Si solo compran moneda extranjera, lo que sucede mucho en los hoteles.
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Si compran y venden moneda extranjera. En este caso, deben tratarse se sociedades anónimas.
Conceptos básicos
Antes de cambiar, conviene comparar las opciones disponibles y leer bien las condiciones que ofrecen. Previo al cambio, solicita que te expliquen claramente la cantidad que te van a dar con el cambio. También analiza las comisiones que sean adicionales y recuerda que debes aceptarlas antes de ejecutar la operación.
En España, operar con divisas es una operación que está liberalizada, es decir, que las tiendas que cambian moneda o las entidades crediticias no tienen un cambio oficial al que someterse. Esa es la razón por la que fluctúa el precio y te puede salir más caro en un sitio que en otro.
A lo que sí están obligadas es a dar información sobre las comisiones que aplican al tipo de cambio si es que las hay. Por eso, es necesario que se esté informado. Para las comisiones no hay un límite máximo, así que ¡cuidado!
Una vez con el dinero cambiado y preparado para tu viaje, debes saber que una vez en el país de destino fuera de la zona euro, para comprar en una tienda o, incluso, para sacar dinero en un cajero, hay gastos, infórmate antes de salir de las posibles comisiones y gastos que puedas encontrarte.
Una legislación reforzada
En Europa, la legislación reforzó las exigencias a las entidades, sobre todo las relacionadas con la retirada de efectivo en cajeros, ya sea con móvil o con tarjeta de crédito o débito. Aun así, los clientes deben comparar los gastos de las distintas sucursales y decidir cuál es la mejor opción.
De hecho, desde el 19 de abril de 2020, es obligatorio indicar en la pantalla del cajero automático de manera clara cuáles van a ser las comisiones antes de la extracción de dinero. El cliente es quien decidirá si seguir o no con la operación si está de acuerdo con las comisiones que le imponen.
También se refleja la cantidad que se abonará por los servicios y bienes en la moneda del comercio, por la retirada de efectivo en la moneda escogida y por el importe completo que pagará el cliente bancario en su propia moneda, gastos aplicables incluidos.