Inundaciones en Burlada: consulta las exenciones y devoluciones de impuestos municipales para los afectados
Las personas físicas o jurídicas que deseen acogerse a las exenciones tributarias deberán formular una solicitud ante el Ayuntamiento de Burlada (presencial con cita previa o de forma telemática) antes del 13 de marzo
El Ayuntamiento de Burlada pone a disposición de la ciudadanía modelos de instancias para facilitar la tramitación de las solicitudes, que pueden obtenerse a través de la página web municipal www.burlada.es o bien en la Oficina de Atención Ciudadana situada en la Casa Consistorial.
Todas las exenciones vienen reguladas en la Orden Foral 81/2021 del Consejero Cohesión Territorial, (BON nº 8, de 13 de enero de 2022), son las siguientes:
- Contribución Territorial del año 2021
- Impuesto de Actividades Económicas (IAE) del año 2021
- Impuestos sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO)
Las personas físicas o jurídicas que deseen acogerse a las exenciones tributarias citadas, deberán formular una solicitud ante el Ayuntamiento de Burlada (presencial con cita previa o de forma telemática) antes del día 13 de marzo de 2022.
A la hora de tramitar las solicitudes de exención y devolución de la cuota abonada hay que tener en cuenta que los bienes afectados pueden estar en 2 casos: bienes inmuebles con seguro y bienes inmuebles sin seguro.
Por lo que cada persona afectada deberá rellenar la instancia de solicitud de exención-devolución en función de su caso. Se procederá a las devoluciones de los importes de la Contribución Territorial del primer y segundo semestre de 2021 de los bienes afectados por la inundación, o del IAE e ICIO, que hubieran sido satisfechos al Ayuntamiento, una vez declarada la exención.
En caso de dudas, pueden llamar al teléfono: 948 23 84 00 en horario de 08.00h a 14.15h de Lunes a Viernes.