A finales de junio concluye el plazo para pedir subvenciones municipales dirigidas a escuelas deportivas de base


El Ayuntamiento de Pamplona ha convocado, en concurrencia competitiva, las subvenciones para escuelas deportivas dirigidas a deportivas entre los 6 y los 14 años (entre los años 2016 y 2008), o hasta los 15 años (año 2007) en el caso de deportes minoritarios. La convocatoria cuenta con un presupuesto de 210.000 euros. Las solicitudes pueden presentarse telemáticamente hasta el 30 de junio, a través del trámite ‘Solicitud electrónica de subvenciones para personas jurídicas’ en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pamplona.

Mediante la organización de escuelas deportivas de base se facilitará, en las etapas educativas de Primaria y la ESO, el sostenimiento de las estructuras tradicionales de promoción deportiva fuera del horario lectivo ya sea con origen o con destino al deporte federado pamplonés. Con carácter general, la práctica deportiva federada permitirá conseguir una progresión al deporte de élite a las personas con un rendimiento deportivo más destacado; mantener durante un cierto tiempo limitado a personas con intereses o motivaciones en la competición deportiva; y una relativa mayor cantidad de ejercicio semanal moderado e intenso por persona respecto al que se obtiene en la práctica deportiva recreativa por libre.

La temporada pasada 2021-2022, en un escenario de lenta recuperación de la participación deportiva post-pandémica, se beneficiaron 6.324 menores, constituyendo una de las vías más relevantes de promoción deportiva a nivel escolar en la ciudad.

Sobre las escuelas deportivas de base

Las escuelas deportivas deberán desarrollarse en el término municipal de Pamplona o, desarrollándose en otro lugar, las personas inscritas empadronadas en Pamplona representarán al menos el 80% del total. Asimismo, deberán ser organizados únicamente por las federaciones deportivas de Navarra, en virtud de su tradicional rol distribuidor y coordinador de la actividad deportiva federada en Pamplona. Estarán dirigidas a deportistas de los 6 a los 14 años que, al inicio de la temporada 2022-2023, hayan nacido entre los años 2016 y 2008 (ambos inclusive). Cualquier deportista fuera de estos rangos de edad no será objeto de subvención, salvo en deportes minoritarios donde se podrán presentar deportistas nacidos en el año 2007 siempre en cantidad, como máximo, del 10% sobre el total de deportistas presentados y subvencionables por entidad entre los años 2016 y 2008.

Las cuotas a cobrar para financiar los conceptos de gasto subvencionables en la presente convocatoria no podrán ser inferiores a 45,00 euros por persona en escuelas con una duración de 8 meses, con sesiones tres horas a la semana. Por último, se establece una ratio/módulo según deporte para el cálculo de la subvención en el criterio "Horas de clase impartidas". Estos valores de ratio se utilizan únicamente a efectos del cálculo de la subvención por cada deporte en esta convocatoria, pero no necesariamente tienen que ser coincidentes ni se imponen a los organizadores para configurar las ratios reales de sus respectivas escuelas.

Gastos subvencionables

Podrán presentarse a esta convocatoria entidades legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente, con domicilio social y fiscal en Pamplona y sin ánimo de lucro. En el caso de agrupaciones de entidades, todas y cada una de ellas deben estar legalmente constituidas y tener domicilio fiscal y social en Pamplona. Además, las agrupaciones deportivas de entidades deberán presentar su acuerdo de colaboración. Las entidades no podrán haber sido sancionadas durante la temporada 2022-2023, con carácter firme en vía administrativa, por infracciones tipificadas como ‘muy graves’ en normas como la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte; la Ley Foral 15/2001, de 5 de julio, del Deporte de Navarra, o la Ley Foral 2/1989, de 13 de marzo, reguladora de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.

A los efectos de esta convocatoria, se consideran gastos subvencionables las horas de clase impartidas, hasta un máximo de 96 horas de clase por grupo; la coordinación de la actividad; o el material deportivo propio del deporte. Para la adquisición de material deportivo propio del deporte se establece un coste unitario de cada elemento que no sea superior a los 100 euros (impuestos excluidos), salvo para las escuelas de piragüismo que puede ser excepcionalmente superior a dicho valor.

Asimismo, se pueden subvencionar acciones de igualdad en el marco del proyecto correspondiente. Aquellas acciones que impliquen un desembolso específico de las entidades deberán estar debidamente justificadas y razonadas en la solicitud.

 

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