El Ayuntamiento de Zizur recuerda que el despido del trabajador temporal era “objetivo” ante la imposibilidad de colocarle en otro puesto vacante

El Ayuntamiento de Zizur recuerda que el despido del trabajador temporal era “objetivo” ante la imposibilidad de colocarle en otro puesto vacante

Recuerda que el Consistorio ha indemnizado al trabajador con algo más de 19.000 euros

Zizur, 11 de enero de 2020

El Ayuntamiento de Zizur Mayor-Zizur Nagusia ha asegurado que entiende como “objetivo el despido de un trabajador temporal”.

En respuesta a CCOO que emitió este viernes un comunicado denunciando la situación, el consistorio de Zizur ha asegurado que este trabajador “que tenía un contrato temporal de operario de Obras, se le concedió una incapacidad total (que no absoluta) revisable”. ”A los cuatro años, el INSS decidió tras una revisión, su reincorporación en el puesto de trabajo de forma inmediata”, han indicado.

Aseguran que “como es habitual, el trabajador pasó la inspección del servicio de prevención, el cual puso tantas restricciones que resolvió con un ‘no apto’ para las funciones del puesto de operario de obras“. 

“Una vez declarado el trabajador como ’no apto’ , la única posibilidad ha sido el despido, puesto que no hay obligación legal de reubicar (en caso de que fuese funcionario sí) ni tampoco cumple los requisitos de ninguna de las vacantes”, han afirmado desde el Ayuntamiento que recuerdan que se ha indemnizado al trabajador con algo más de 19.000 euros. 

“Se desconoce si ha iniciado trámite alguno de recurso a la resolución del INSS, quien lo declaró ‘apto’  para trabajar”, han indicado.

El Ayuntamiento de Zizur recuerda que “una de las acusaciones que se vierte contra el Ayuntamiento, es la posibilidad de despido  por su condición de delegado sindical, asunto que no procede debido a que el proceso de extinción del contrato se inició antes de que fuese delegado”.

“El Ayuntamiento frente a esta situación no tiene dudas, ya que toda la gestión se ha realizado basándose en un informe del servicio jurídico externo (OFICO) del propio consistorio·”, han finalizado.