Condenan a un agente de Policía Foral de Tudela por usar bases de datos para vender seguros

Condenan a un agente de Policía Foral de Tudela por usar bases de datos para vender seguros

La sentencia puede ser recurrida

Pamplona, 12 de diciembre

El titular del Juzgado de lo Penal número 4 de Pamplona ha condenado a un policía foral, destinado en la Comisaría de Tudela a una pena de multa de 1.000 euros y a 3 años y 2 meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público como autor de un delito de uso de información privilegiada. La sentencia puede ser recurrida ante la Audiencia de Navarra.

La sentencia considera probado que el agente, destinado en tráfico,  utilizaba bases de datos internas para facilitar su tarea como comercial de una empresa de seguros.

La sentencia asegura que "si bien las propias manifestaciones vertidas (por el agente) implican un reconocimiento de los hechos prácticamente total, realiza varias consideraciones al respecto. En primer lugar, los contratos de agencia y de cesión aportados evidencian no una relación casual del acusado con la aseguradora sino una relación profesional de nada menos que 14 meses (del

8 de septiembre de 2011 al 29 de noviembre de 2012).

"Es obvio que una relación mercantil de esa índole no se basa en una mera apariencia pues los responsables de la entidad aseguradora deben verificar la realidad de los contratos que formalizan, lo que excluye una formalización de mera apariencia del contrato de agencia aportado", continúa la sentencia.

"Pero es que es más, en segundo lugar aparece en las actuaciones, como el acusado aparece en las redes sociales anunciándose como responsable de la oficina y en los contratos como agente exclusivo. En tercer lugar y como acertadamente ha expuesto la Fiscal, la misma vinculación que su mujer con una empresa tenía el acusado con el Gobierno de Navarra para rechazar la suscripción del contrato. La excusa no sirve", dice la sentencia.

"En cuarto lugar y como también ha rebatido con acierto el Fiscal, no hay lógica posible en negar la relación con la aseguradora y colocar un cartel con dos nombres y dos teléfonos como contactos. En todo caso y si se quería asegurar un buen servicio como ha defendido el acusado, hubiera sido más lógico el que solo constara el nombre de su mujer con los dos teléfonos de contacto sin que apareciera el nombre del acusado", afirma el titular del Juzgado de lo Penal número 4 de Pamplona.

En quinto lugar, recuerda la sentencia que "la policía desarrolla una labor de investigación en la que se concluye que varias de las consultas realizadas fueron efectuadas en horario de trabajo como policía Foral, lo que al margen de ser una evidente infracción administrativa, denota como no es cierto que el motivo de la presencia de los archivos relacionados con la aseguradora se debiera solo a un error al descargar un pen drive, sino que el acusado utilizaba los recursos informáticos del Gobierno de Navarra, no solo para acceder a las bases de datos con la finalidad de “evitar trámites burocráticos” a sus clientes de la empresa de seguros que él representaba, sino también para efectuar actos propios de mediación en el contrato de seguro", ha insistido.

"Este extremo, aunque no se refiere a la utilización de información privilegiada, evidencia la reprochable actuación del acusado en su

quehacer diario como agente de policía", asegura el juez con contundencia.

"En sexto lugar el hecho reconocido por el acusado de que su acción iba encaminada a agilizar los trámites burocráticos de quien contrataba el seguro, equivale a obtener un beneficio patrimonial no cuantificable ya que coloca a su empresa aseguradora, en una situación ventajosa para la consecución de los objetivos de aseguramiento. No olvidemos que él era el titular del contrato de agencia y quien percibía las comisiones", dice la sentencia.

"En séptimo lugar debemos hacer mención a la documental obrante, en el que se concluye que entre todo el año 2012 y desde enero a mayo de 2013, de 135 consultas realizadas nada menos que 53 no tenían interés policial. Es un dato de una dimensión alarmante para un agente de policía", concluye la sentencia que puede ahora ser recurrida.