Pamplona repartirá 150.000 euros entre las entidades deportivas

El 21 de septiembre finaliza el plazo para presentar las solicitudes a la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el deporte oficial aficionado, desde los 6 años en adelante, durante la temporada 2022 – 2023. La convocatoria está dotada con 150.000 euros y busca apoyar la actividad formativa y promocional de aquellas entidades deportivas pamplonesas que promueven la práctica de deportes oficiales.

Se entiende como ‘deporte oficial aficionado’ al conjunto de entidades y deportistas que las integran cuando tengan algunas de las características siguientes como ser deportistas federados desde los 6 años (año 2016 o anteriores), que mayoritariamente compiten de forma regular, pero no necesariamente, en competiciones deportivas en el marco de un club deportivo oficial; deportistas federados que participan en los Campeonatos/Copas/Supercopas de España de duración inferior a tres días, desde el año 2010 hasta la categoría senior; o equipos que participan en competiciones deportivas oficiales de fase de ascenso/descenso, fase sector, o promoción de categoría en un deporte en categoría senior.

Asimismo, se incluyen deportistas federados desde el año 2004 hasta el último año de categoría senior que participan en ligas deportivas regulares de ámbito estatal, y categoría senior, no reconocidas como profesionales por el Consejo Superior de Deportes, que sean organizadas por las correspondientes Federaciones Deportivas desde la 2ª división senior de un deporte hasta otras divisiones inferiores; o que participan en otras competiciones deportivas oficiales de ámbito estatal, interautonómico (no estatal), navarras o locales, que no formen parte de ninguna liga.

Progresión en el deporte

La actividad subvencionable se deberá desarrollar en la temporada deportiva 2022 – 2023, durante el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2022 y hasta el 31 de agosto de 2023. Excepcionalmente pueden incluirse aquellas competiciones no incluidas en ese periodo siempre que, perteneciendo a dicha temporada, sus gastos se hayan pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación determinado en la convocatoria. Queda excluida la admisión de las Federaciones Deportivas de Navarra, si no únicamente la de las entidades pamplonesas que participan en sus actividades federadas.

Con carácter general, la práctica deportiva federada permite conseguir una progresión al deporte de élite a las personas con un rendimiento deportivo más destacado; mantener durante un cierto tiempo limitado a personas con intereses o motivaciones en la competición deportiva; y una relativa mayor cantidad de ejercicio semanal moderado e intenso por persona respecto al que se obtiene en la práctica deportiva recreativa por libre.

Las solicitudes deberán presentarse telemáticamente, a través del trámite ‘Solicitud electrónica de subvenciones para personas jurídicas’, que se puede encontrar en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pamplona. Toda la información sobre la convocatoria se puede consultar en la web municipal, www.pamplona.es, y en el Boletín Oficial de Navarra número 169 de 17 de agosto de 2023.

Requisitos y gastos subvencionables

Pueden presentarse a esta convocatoria entidades que estén legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, tener domicilio social y fiscal en Pamplona y no tener ánimo de lucro. Las entidades solicitantes deberán tener en sus estatutos, entre sus objetivos, la realización de actividades deportivas relacionadas con el objeto de esta convocatoria. Por último, no deben haber sido sancionadas durante la temporada 2022-2023, con carácter firme en vía administrativa, por infracciones tipificadas como ‘muy graves’ en normas como la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte, la Ley Foral 15/2001, de 5 de julio, del Deporte de Navarra y la Ley Foral 2/1989, de 13 de marzo, reguladora de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.

Se considerarán subvencionables, los gastos en uso de instalaciones deportivas; diferentes conceptos de la participación en Campeonatos/Copas/Supercopas de España desde participantes del año 2010 hasta la categoría senior inclusive y para las fases de ascenso/descenso, fases sector, o promoción de categoría en un deporte oficial y únicamente en la categoría senior; y acciones sobre igualdad previstas en la convocatoria.

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