Pamplona habría cobrado el impuesto de circulación de 2022 a vehículos totalmente dañados por la riada de diciembre

El Defensor del Pueblo recomienda la devolución de este importe a una mujer vecina de Pamplona por este episodio, tras una queja de su hija
Pamplona habría cobrado el impuesto de circulación de 2022 a vehículos totalmente dañados por la riada de diciembre

Un problema burocrático ha podido causar que el Ayuntamiento de Pamplona haya cobrado algunos recibidos del impuesto de circulación de este año 2022 sobre vehículos totalmente dañados por las riadas del pasado diciembre. 

El origen del problema tiene que ver con el volumen importante de daños ocasionados en las inundaciones de diciembre, las mayores en una década en Pamplona y Navarra. El Ayuntamiento de Pamplona gira los recibos sobre los vehículos que están dados de alta a 1 de diciembre de 2021, pero según al menos un caso que ha sido denunciado ante el Defensor del Pueblo de Pamplona, el vehículo no estaba dado de baja ya que "la compañía aseguradora del vehículo les informó que la baja del mismo no podía formalizarse hasta que el perito no efectuara la correspondiente visita de inspección y notificara un informe en el que se declarara el estado de siniestro total del vehículo".

Así las cosas, el Defensor ha recomendado al Ayuntamiento de Pamplona que proceda a devolver esta factura a la madre de la autora de la queja ya que "no es de extrañar que, dado el volumen de bienes afectados, se pudieran producir ciertos retrasos en la tramitación de los diferentes partes remitidos a las compañías aseguradoras, por lo que resulta factible que la actuación del perito no se produjera hasta comienzos del año 2022, por lo que fueron circunstancias ajenas a la voluntad de la titular del vehículo, las que determinaron que no se pudiera dar de baja anteriormente al vehículo en el correspondiente registro de la Jefatura Provincial de Tráfico, que sirve de base para la liquidación del impuesto de circulación".

Para la institución "resulta un hecho incontrovertible que el vehículo al que alude la queja se encontraba inutilizado desde la fecha en que se produjeron las inundaciones, por lo que, si bien, como se ha expuesto, a fecha 1 de enero de 2022 no se había producido su baja formal en el registro correspondiente por circunstancias ajenas al sujeto pasivo, el hecho es que el vehículo no era materialmente apto para circular, por lo que no debería procederse a la exacción del impuesto".