Navarra aprueba el proyecto de Ley Foral de Cambio Climático y Transición Energética

Navarra aprueba el proyecto de Ley Foral de Cambio Climático y Transición Energética

La consejera Gómez destaca que es “la herramienta más importante con la que contará la Comunidad Foral para encarar los retos climáticos presentes y futuros”

El Gobierno de Navarra, en su sesión de hoy, ha aprobado el proyecto de Ley Foral de Cambio Climático y Transición Energética, que aportará un marco normativo, institucional e instrumental para hacer frente a los efectos negativos derivados del cambio climático. A continuación, el texto será remitido al Parlamento de Navarra para su debate y, en su caso, posterior aprobación.

En la rueda de prensa posterior a la sesión de Gobierno, la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, Itziar Gómez, ha señalado que esta ley “será la herramienta más importante con la que contará Navarra para encarar los retos climáticos presentes y futuros”.

Gómez ha indicado que se trata de “una ley precisa y ambiciosa” ya que establece medidas concretas que afectan a las administraciones, las empresas y las personas para avanzar en la mitigación de gases de efecto invernadero, la articulación de un nuevo modelo energético en la Comunidad Foral y la adaptación al cambio climático. Además, ha afirmado que “la emergencia climática exige pasos concretos, firmes e inmediatos y ese es el camino que ha iniciado Navarra con esta ley”.

La consejera ha calificado la aprobación de este proyecto de ley como “un hito de este Gobierno, de los departamentos de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, y de Desarrollo Económico y Empresarial, impulsores del mismo, e, incluso, de esta Legislatura, ya que sitúa a la Comunidad Foral a la cabeza, junto a otras administraciones públicas del Estado, en la articulación legal de la acción de Gobierno frente a la emergencia climática. Y lo hace en consonancia con las leyes, normas, planes y estrategias que se vienen implementando en el ámbito europeo y cuyo impulso no se puede demorar más”.

Medidas concretas

Este proyecto de Ley Foral recoge medidas concretas para la mitigación y la adaptación al cambio climático y que comprometen a la sociedad navarra en su conjunto, tanto a las personas como a las entidades públicas y privadas.

Se trata de medidas de diferente calado y que competen a diferentes áreas como pueden ser: la edificación; el alumbrado público; la movilidad; las energías renovables; el medio natural y la biodiversidad; el entorno urbano o, también, las personas más vulnerables.

Por citar algunos ejemplos, en materia de energía, el proyecto de ley incluye:

-A partir de 2025, el 50% de la energía eléctrica consumida por la Administración Foral, las entidades locales y sus organismos públicos deberá ser certificada como 100% de origen renovable (clasificación A), y a partir de 2030, toda la energía eléctrica consumida deberá ser 100% renovable (clasificación A).

- A partir de 2030 las administraciones y sus organismos públicos no podrán arrendar inmuebles que no posean la consideración de edificio de consumo casi nulo, salvo excepciones previstas en la ley.

- En 5 años todas la explotaciones agrícolas y ganaderas con un consumo anual superior a 1.000 kwh deberán implantar energías renovables en sus instalaciones para garantizar que, al menos, el 15% del consumo sea en régimen de autoconsumo.

- A partir de 2030 se prohibirán los combustibles fósiles en explotaciones agropecuarias de gran tamaño.

- Las instalaciones de energía solar se ubicarán prioritariamente en suelo urbano y urbanizable para asegurar su ordenada implantación sobre el territorio y garantizar la conservación de los valores naturales más relevantes. En caso de hacerlo en suelo no urbanizable, el Gobierno regulará los criterios y condiciones ambientales y urbanísticas para su implantación.

- Los suministros de biomasa deberán producirse a menos de 150 kms del punto de consumo o, alternativamente, el consumo energético de su transporte deberá ser inferior al 20% de su valor energético.

- El Ejecutivo foral impulsará, en colaboración con los municipios, la implantación en territorio navarro de comunidades ciudadanas de energía o comunidades de energía renovable.

- El Gobierno de Navarra fijará, en el marco de su competencia, las acciones para la transición, cierre o sustitución de las centrales térmicas ubicadas en la Comunidad Foral

En el uso residencial y terciario:

-Se prohibirá el mantenimiento en posición de apertura continua de las puertas de acceso a locales de uso terciario que dispongan de climatización artificial.

-La climatización de espacios abiertos únicamente será permitida si el consumo energético total de la actividad en la que se integran se realiza mediante autoconsumo o la contratación de energía renovable certificada.

-Antes del 1 de enero de 2025 todos los edificios de Navarra de uso residencial y terciario deberán tener el certificado de calificación energética registrado en el Registro público de certificados de Navarra. Para ello, el Departamento competente destinará una línea de ayudas para la realización de los certificados durante los años 2022, 2023 y 2024.

-El Gobierno de Navarra establecerá los medios para que a partir del 1 de enero de 2030 los edificios de vivienda colectiva de Navarra tengan la calificación energética clase “C” o superior.

-Asimismo, antes del 1 de enero de 2026 el Gobierno foral aprobará un Plan de Rehabilitación de la Vivienda de Navarra.

-La iluminación ornamental, publicitaria y comercial deberá permanecer apagada durante el periodo nocturno en el que disminuya la actividad.

En el ámbito de la movilidad:

-Los municipios de más de 5.000 habitantes, individualmente o de forma conjunta con otros municipios colindantes, adoptarán planes de movilidad sostenible.

-En el caso de los taxis, los vehículos que se adscriban a las correspondientes licencias a partir del 1 de enero de 2022 en municipios o Áreas Territoriales de Prestación Conjunta (ATPC) con más de 20.000 habitantes, deberán estar catalogados como cero emisiones o ECO, salvo los vehículos eurotaxi.

-En el plazo de un año desde la entrada en vigor de la ley foral, el 100% de los vehículos ligeros (M1, M2, N1 y N2) que se adquieran por las entidades del sector público de Navarra o que se apliquen en contratos públicos suscritos con dichas entidades deberán ser cero emisiones o emisiones neutras en carbono, siempre y cuando las exigencias técnicas o de uso puedan ser satisfechas con la tecnología disponible.

-Los edificios públicos de nueva construcción que tengan asociado aparcamiento deberán contar con puntos de recarga de vehículos eléctricos y de espacios para facilitar el uso y aparcamiento de bicicletas o similares.

-Todas las entidades locales de más de 1.000 habitantes deberán disponer, en el plazo de dos años, de al menos un punto de recarga de 7,4kW, como mínimo, de uso general público por cada mil habitantes que permita la recarga de ciclomotores, bicicletas eléctricas y otros vehículos de movilidad personal.

Y dentro de otras áreas, algunas medidas destacadas son:

-El Gobierno de Navarra y sus entidades dependientes deberán realizar antes del 30 de junio de 2024 la evaluación de huella de carbono en el ámbito de su actividad.

-Las empresas distribuidoras y comercializadoras de electricidad, de agua potable, y de gas, no podrán interrumpir los suministros a las personas o a las familias en situación de vulnerabilidad económica, en los términos que reglamentariamente se establezcan.

- En dos años el Gobierno de Navarra elaborará una estrategia de transición justa que realice un diagnóstico de los sectores económicos y sociales afectados por la transición energética y establezca medidas para paliar sus efectos negativos.

Agencia de Transición Energética y Fondo Climático

Además de las medidas concretas que el texto desarrolla, dentro del apartado de Gobernanza, el proyecto de ley establece que en el plazo de un año el Gobierno de Navarra deberá iniciar los trámites para la creación de la Agencia de Transición Energética de Navarra.

Por otra parte, el Gobierno de Navarra se dotará de dos instrumentos de planificación como son: la Oficina de Cambio Climático de Navarra, como instrumento ejecutivo de las acciones necesarias y el Fondo Climático, como instrumento de cofinanciación de los planes e iniciativas.

Régimen sancionador

El proyecto de ley navarro recoge, además, un régimen sancionador dada la repercusión que las infracciones a esta ley generan en la lucha contra el cambio climático.

De esta manera, el texto explicita una serie sanciones, desde leves, hasta graves o muy graves y que contemplan multas desde 600 euros hasta un millón.

Por último, la consejera ha querido destacar el “extraordinario trabajo” del personal  técnico del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, así como del Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial y, en especial, de los Servicios de Cambio Climático y de Transición Energética, así como la implicación de todos los Departamentos del Gobierno.