El TSJN confirma una sanción de 90.000 euros a un farmarcéutico por revender medicamentos

El TSJN confirma una sanción de 90.000 euros a un farmarcéutico por revender medicamentos

Se trata de un medicamento para la epilepsia y la fibromialgia que además tiene múltiples efectos secundarios y que ha proliferado en los últimos años, además de que son de un gasto elevado 

Pamplona/Iruña,  2 de noviembre

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha desestimado el recurso presentado por un farmacéutico de Erripagaña contra una sanción de 90.001 euros impuesta por el Gobierno de Navarra por la comisión de una infracción sanitaria muy grave.

El TSJN considera probado el "déficit de envases existente entre los suministrados por los almacenes de distribución a la oficina y los dispensados por esta en el periodo inspeccionado que se fija en 6.260, déficit que el demandante no pudo justificar ni con recetas, ni con facturas, ni con tickets de venta u otro documento que indique el destino de los medicamentos y de donde se infiere que esos medicamentos no han sido destinados a satisfacer las necesidades de los pacientes a los que la oficina atiende, sino que han sido suministrados a oficinas de farmacia, almacenes de distribución u otro tipo de entidades dedicadas a la distribución inversa, como se recoge detalladamente en la resolución recurrida".

Se trata de una farmacia situada en la Avenida de Erripagaña, en término de Egüés  que habría revendido medicamentos para la epilepsia y la fibromialgia que además tiene múltiples efectos secundarios y que ha proliferado en los últimos años, además de que son de un gasto elevado .

La sentencia recuerda que "en el conjunto del Servicio Navarro de Salud- Osasunbidea estos medicamentos suponen un 5,92 % del total de medicamentos, mientras que en la (citada) oficina de farmacia suponen un 23,99%, cuatro veces más, lo que resulta inverosímil, máxime teniendo en cuenta las patologías a las que se atiende con estos medicamentos".

"Comparando las ventas de Lyrica 75 mg. y Lyrica 25 mg., el total de envases facturados al SNS-O durante el año 2012 por todas las farmacias de Navarra ha sido de 25.050 y 13.176 envases, respectivamente. La farmacia (en cuestión) ha vendido, aproximadamente, unos 2.300 y 1.248 envases, es decir un 9,2% y 9,47% del total de envases consumidos en Navarra, cuando el número de envases promedio por farmacia, de receta pública, sería de 41 y 22 envases respectivamente, es decir unas sesenta veces más", insiste la sentencia.

Condenada la propietaria de un centro de masajes por 'intrusismo profesional"

Por otra parte, el titular del Juzgado de lo Penal número 4 de Pamplona ha condenado a la propietaria de un centro de masajes a 2.160 euros de multa por un delito de intrusismo profesional por realizar masajes terapéuticos y preventivos para cuya práctica es necesaria la obtención del título universitario de Diplomado en Fisioterapia del que la acusada carecía, ya que solo tenía diplomas como masajista, quiromasajista y de osteopatía.

La sentencia puede ser recurrida.