El TSJN declara ilegal el cierre de Cirmauto y fija 2,2 millones como indemnización para la plantilla despedida

Cirmauto
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La sentencia ganada por ELA reconoce la vulneración del derecho de huelga y limita la impunidad empresarial al realizar ERE

El TSJN declara ilegal el cierre de Cirmauto y fija 2,2 millones como indemnización para la plantilla despedida

La dirección de Cirmauto comunicó en octubre de 2021 su intención de despedir a las 28 personas de la plantilla y cerrar la empresa. Desde el primer momento, la plantilla se opuso al expediente de regulación de empleo (ERE) y peleó por el mantenimiento de sus puestos. Debido a que la empresa en ningún momento tuvo intención de negociar o proponer alternativas al cierre de Cirmauto, la plantilla comenzó una huelga indefinida a principios de noviembre.

La plantilla, representada por ELA, exigió en todo momento al Gobierno de Navarra que se implicase para evitar la destrucción de empleo y el cierre de una empresa viable.

El ERE finalizó sin acuerdo y la lucha continuó en los juzgados. Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha dado la razón a ELA y ha declarado nulo el ERE de Cirmauto.

El TSJN declara nulo el ERE de Cirmauto fundamentalmente por dos cuestiones:

Porque el periodo de negociación no se realizó de buena fe. La ley establece que el periodo de negociación debe regirse por la buena fe y dirigirse a paliar o reducir las medidas planteadas. En este caso no hubo ninguna propuesta por parte de la empresa, que se limitó a cumplir las formalidades de la ley.

Porque se ha vulnerado el derecho de huelga. El cierre patronal realizado por la empresa supuso una vulneración del derecho de huelga que supone la nulidad del ERE.

Como la empresa ya está cerrada una vez que se ha declarado nulo el ERE, es imposible la readmisión de la plantilla. Esto supone que Cirmauto deberá abonar las cuantías correspondientes a un despido improcedente, así como los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (10 de diciembre de 2021) hasta la fecha de sentencia (3 de octubre de 2022). Además deberá abonar 10.000 euros a ELA por la vulneración del derecho de huelga. En total, la empresa deberá pagar más de 2,2 millones de euros a una plantilla de 28 personas.

La importancia de esta sentencia va más allá de lo ocurrido en Cirmauto. En primer lugar da una advertencia clara a la patronal: a pesar de que la reforma laboral supuso que se pudieran realizar expedientes de regulación de empleo con mayor facilidad, no todo vale. La impunidad con la que las empresas normalmente pretenden realizar despidos está ahora más limitada.

Por otro lado, el sindicato quiere denunciar la inacción del Gobierno de Navarra, que lejos de defender el empleo en Cirmauto, favoreció los intereses de la empresa dejando desprotegida a la plantilla. Máxime cuando cuando la empresa hizo un cierre patronal injustificado y estaba suplantando a las personas en huelga.

Y por último, ELA destaca el valor de la lucha llevada a cabo por la plantilla de Cirmauto. Ello demuestra que, ante la avaricia de las empresa, la vulneración de derechos fundamentales y la inacción del Gobierno, la organización de los trabajadores y trabajadoras es la mejor herramienta para defender los derechos laborales.