El TSJN anula el plan para el desarrollo de un área de vivienda protegida en Cordovilla

El TSJN anula el plan para el desarrollo de un área de vivienda protegida en Cordovilla

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN declara la nulidad debido a la omisión del requisito previo de haber sometido el proyecto a un proceso de participación y socialización con los agentes sociales y territoriales afectados mediante un plan de participación pública

Pamplona/Iruña, 13 de febrero de 2018

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha estimado el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de la Cendea de Galar y ha anulado el acuerdo del Gobierno de Navarra de junio de 2015 por el que se aprobó el Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal (PSIS) para el desarrollo de un área residencial de vivienda protegida en Cordovilla (Galar).

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN declara la nulidad debido a la omisión del requisito previo de haber sometido el proyecto a un proceso de participación y socialización con los agentes sociales y territoriales afectados mediante un plan de participación pública. Para el tribunal, no se trata de un simple trámite, sino “un requisito sustancial” que ha de contener el proyecto.

La sentencia puede ser recurrida en casación.