Estiman parcialmente un recurso por el choque con un jabalí en la A-12 a la altura de Cizur Menor

Una colisión el 15 de agosto de 2.011, a las 23:20 horas, con un jabalí en la Autovía del Camino provocó daños en un vehículo y lesiones a la conductora del mismo

Pamplona, 2 de diciembre

El suceso ocurrió en la A-12, en el término municipal de Cizur cuando una conductora se vio sorprendida por un jabalí que irrumpió en la carretera no pudiendo evitar la colisión, entendiendo la parte afectada que, habiendo reconocido la Administración su responsabilidad por el siniestro, tiene derecho a ser indemnizada en las partidas que no le han sido reconocidas que son: por los daños sufridos por el vehículo reclama la diferencia entre el importe de peritación (9.350,84 euros) y el importe de la factura de reparación del Taller (10.199,07 euros) por considerar que esta última cuantía fue la efectivamente abonada; por las lesiones sufridas por la conductora reclama la cuantía total de 1.290,72 euros (1 día de ingreso hospitalario a razón de 67,98 euros, más 20 días impeditivos a razón de 1.105,40 euros, más 10% en concepto de factor de corrección 117,34 euros) considerando de aplicación el Baremo de Tráfico para el cálculo de la indemnización por evitar inseguridad jurídica; y, por la contratación de una empleada de hogar para el cuidado de la hija durante los días en que estuvo de baja reclama el importe de 140 euros entendiendo que dicha partida está acreditada a través de la transferencia efectuada.

El Auto estima parcialmente el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales, por la cual se estimaba parcialmente la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada reconociendo a propietario del vehículo la cantidad de 9.350,84 euros por los daños sufridos en su vehículo y a la aseguradora la cantidad de 309,62 euros por el coste de la ambulancia, desestimando la reclamación formulada por la afectada en concepto de lesiones y gastos de empleada de hogar, y, declara que la citada resolución no es conforme a derecho en su totalidad, debiendo la administración abonar a al dueño del vehículo la cuantía de 848,23 euros por los daños sufridos en su vehículo no reconocidos por la administración y debiendo la administración reconocer a la afectada una indemnización por las lesiones sufridas de 1.173,38 euros, desestimando el resto de pretensiones.